sábado, 23 de julio de 2016



¡BIENVENIDOS A NUESTRO BLOG!



Mediante este recurso procuraremos entender qué es el Estado desde diferentes perspectivas. Pensaremos qué papel cumple el Estado de acuerdo a sus diferentes modalidades y en particular, el papel del Estado uruguayo.

¿QUÉ ES EL ESTADO?





















UNA PRIMERA APROXIMACIÓN...


Nos limitaremos a utilizar el vocablo Estado para referirnos al fenómeno socio-político en que generalmente se organiza cada pueblo o cada nación, fenómeno formado por un gobierno que ejerce poder sobre una población en un territorio determinado.
(Korzeniak y Mafio, Curso básico de Derecho y Ciencia Política)


¿NOS APROXIMAMOS UN POCO MÁS?
EL ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO

El mejor Estado es aquel que practica la democracia, conducido por un orden jurídico establecido por él mismo. Por ello no podemos concebir a la democracia y al Estado de Derecho separadamente.




Reflexionemos...

¿Podemos concebir un orden jurídico que no tenga en cuenta soluciones democráticas?



¿CON QUÉ ATRIBUTOS CUENTA EL ESTADO?

Consideramos que el Estado existe cuando:

  •  Goza de reconocimiento externo de su soberanía política. 


¿Qué entendemos por SOBERANÍA POLÍTICA?





  •  Monopoliza el uso legítimo de la violencia física dentro de un espacio territorial.
  •   Descentraliza el control social a través de un aparato competente y profesionalizado, asegurando el ejercicio de la POTESTAD IMPOSITIVA y la aplicación de POLÍTICAS PÚBLICAS.

  •   Posee capacidad simbólica que refuerza los valores de identidad nacional y solidaridad.


Colaboremos en la construcción de algunas ideas respecto al tema:


¿Estos atributos son permanentes?

¿Se han debilitado, desaparecido o fortalecido?


Según Oszlak, la monopolización del uso legítimo de la violencia física, no ocurre "cuando otras expresiones de uso de la violencia, sostenidos en consignas que también reclaman legitimidad o encarnadas en diversas formas de delincuencia, desatan cotidianamente la represión estatal, debilitando el consenso social.
Tampoco existe monopolio de la violencia cuando una parte del territorio nacional se encuentra bajo el control de fuerzas irregulares, se trate de la guerrilla, el narcotráfico o cualquier movimiento contestatario al poder legítimo del estado que ejerce tal monopolio".


¿Es posible que un Estado pierda tal monopolio y continúe considerándose como Estado?

Indaguemos sobre algunos Estados de nuestra región en los cuales es posible encontrar esta situación.



Oscar Oszlak (1936, Argentina) es graduado en Ciencia Política y Máster en Administración Pública, Contador Público. Además, se desempeña como Investigador Superior del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.



Luego de conocer sus atributos estamos en condiciones de deducir sus elementos, a los cuales hace mención Jellinek.
La noción de Estado a la cual hacemos referencia consta de tres elementos: POBLACIÓN, TERRITORIO Y PODER POLÍTICO.



















Georg Jellinek 


(Leipzig, 1851-Heidelberg, 1911), fue un jurista y profesor universitario judío alemán de origen austríaco, quien estudió al Estado desde dos enfoques: el jurídico y el sociólogo






FUNCIONES DEL ESTADO 

Entendemos por funciones del Estado a las diversas maneras que utiliza en su actuación para llevar adelante la prestación de su tarea.

En sentido general, la expresión equivale a todas las actividades que desempeña el Estado.

De acuerdo al sentido técnico, son las diversas maneras formales que utiliza el Estado para cumplir sus cometidos.

Desde la obra “El espíritu de las leyes” de Montesquieu, esas funciones del Estado son clásicamente tres:

FUNCIÓN LEGISLATIVA: Consiste en legislar (originar la normativa que regirá en el Estado).

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA: Consiste en llevar adelante la administración (organización y control del Estado). Esta función da origen al acto administrativo, por ejemplo, el nombramiento por parte de las autoridades de un funcionario público.


FUNCIÓN JURISDICCIONAL: Consiste en atender los procedimientos necesarios para elaborar el acto jurisdiccional típico. Esta función consiste específicamente en juzgar. 




FINES DEL ESTADO

Según Korzeniak, los fines del Estado son los objetivos que el mismo se plantea llevar a cabo. Estos se pueden diferenciar en dos dimensiones: PRIMARIOS y SECUNDARIOS

Los FINES PRIMARIOS son aquellos que el Estado debe asumir para ser Estado. Hay determinados propósitos cuya realización no puede quedar en manos de particulares, sino que debe asumirlos el Estado, puesto que tienen que ver con su propia esencia. Por ejemplo, encargarse de mantener el orden interno y la seguridad externa.

Los FINES SECUNDARIOS son aquellos objetivos que el Estado puede proponérselos realizar haciéndose cargo él mismo, o delegándolos a particulares. Son ejemplos de fines secundarios del Estado los referidos a educación, salud y seguridad social.


¿Si el Estado no asume los fines secundarios dejaría de ser Estado?


¿Qué consecuencias tendría esto para la sociedad?

ÓRGANOS DEL ESTADO

¿Qué tipos de órganos existen en un Estado?

Los órganos que integran al Estado pueden ser:

UNIPERSONALES: Cuando están integrados por un solo individuo como titular.

PLURIPERSONALES o COLEGIADOS: Cuando están integrados por un conjunto de individuos como titulares.

SIMPLES: Integrados por un solo órgano.

COMPLEJOS: Cuando el órgano está a su vez conformado por otros órganos.

COMPETENCIA NACIONAL: Cuando sus tareas tienen alcance en todo el territorio nacional.

COMPETENCIA DEPARTAMENTAL: Cuando sus tareas tienen alcance departamental.


Investiguemos algunos ejemplos


Los invito a trabajar con nuestra Constitución y realizar un reconocimiento de diferentes órganos de nuestro Estado.





Tipos de órganos                                    Ejemplos de nuestro Estado
UNIPERSONALES                              à
PLURIPERSONALES                         à
SIMPLES                                             à
COMPLEJOS                                      à
COMPETENCIA NACIONAL             à
COMPETENCIA DEPARTAMENTALà

PRINCIPIO DE SEPARACIÓN DE PODERES

Este principio está inspirado en las ideas que Montesquieu planteó en “El Espíritu de las Leyes”.

En la sección precedente de este blog hicimos referencia indirecta a este principio, al hablar de los tres órganos complejos en que se divide el Estado para gobernar: 




































La “separación de poderes” es la atribución de las funciones del Estado a cada uno de los “poderes”, los cuales consideraremos como tres centros de autoridad separados. Este fue un avance democrático indiscutible que beneficia a los derechos humanos.

Cada poder del Estado cuenta con atribución o atribuciones predominantes pero no exclusiva, con esto queremos decir que cada poder cuenta con funciones específicas atribuidas pero también existen ciertos controles entre cada uno de los poderes.

A estos controles entre los tres poderes es a lo que llama Montesquieu “sistema de frenos y contrapesos”, de modo que ninguno de los poderes prevalezca sobre los demás.



LA TEORÍA DE LA DIVISIÓN DE PODERES









Reflexionemos juntos sobre la importancia del principio de separación de poderes.








martes, 19 de julio de 2016


ESTRUCTURA DEL ESTADO CONTEMPORÁNEO

ESTADO UNITARIO:

Cuentan con esta estructura aquellos países que tienen una sola Constitución, un solo Código Civil, un solo Código Penal y demás códigos, los cuales rigen en todo su territorio.

ESTADO FEDERAL:


Este tipo de estructura se integra por “Uniones de Estados”.
Imaginémonos la existencia de varios Estados que resuelven unirse y pactan la Constitución de un nuevo Estado nacional que comprende a cada uno de los Estados, sin que cada uno de ellos pierda tal condición.

Razonemos sobre estos aspectos:




¿Con qué tipo de estructura 

identificaríamos a nuestro Estado?


Las divisiones territoriales de Uruguay  (sus departamentos), no constituyen cada uno de ellos un Estado, sino una parte del territorio que cuenta con un Intendente y una Junta Departamental con ciertas competencias “departamentales” que la Constitución y las leyes determinan.
Pero todos los departamentos están regidos por una única Constitución y Códigos nacionales.









Pensemos algunos ejemplos

 de Estado Federal.